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HACIA UNA SALUD POSITIVA. OTRO ENFOQUE DE LOS DERECHOS DE LA INFANCIA

En el nuevo programa de salud infantil y del adolescente de Andalucía (PSI-A) se fomentan los activos en salud y orientan a la población hacia una salud positiva. Este cambio hacia un modelo de activos en salud supone abordar aspectos no contemplados en el actual modelo del déficit, como son todos aquellos factores positivos o de protección que posee el individuo y que inciden en una mejoría de su salud. Las actividades de promoción y de protección parten de este enfoque salutogénico, están orientadas a conocer y potenciar los recursos generales del desarrollo de la persona: autoestima, resiliencia, redes sociales de apoyo, activos externos de la comunidad…, aspectos que consideramos de extraordinaria importancia para que los niños, niñas y jóvenes se sientan responsables y desarrollen competencias en salud.foto1

“Un activo de salud es cualquier factor o recurso que fortalece la habilidad de las personas, los grupos o las poblaciones a mantener y mejorar su salud y bienestar. Estos activos pueden actuar a nivel individual, familiar o comunitario como elementos protectores para contrarrestar situaciones de estrés”

Los buenos tratos a los hijos e hijas es una tarea prioritaria de los padres y madres, pero también es una responsabilidad fundamental del resto de la sociedad garantizar el respeto de los derechos de la infancia, asegurar recursos suficientes que satisfagan sus necesidades y promocionar y apoyar a los padres y madres en sus funciones parentales, y es fundamental que las competencias parentales se puedan valorar para ver que padres son competentes y que padres no.

Las competencias parentales son las capacidades prácticas que tienen las madres y los padres para cuidar, proteger y educar a sus hijos e hijas adaptándose de forma flexible y coherente a sus necesidades y sus diferentes estados evolutivos. El desempeño positivo del rol parental es definido en las Recomendaciones del Consejo de Europa sobre Promoción de la Parentalidad Positiva (2006).

La mayoría de los padres y madres tienen recursos para cumplir estas competencias de forma espontánea e innata, pero para un grupo de menores sus progenitores aunque tuvieron capacidad biológica para engendrarlos (parentalidad biológica) carecen de competencias parentales (parentalidad social) y están expuestos a sufrir distintos tipos de malos tratos.

Es un derecho que todos los niños y niñas disfruten de padres, madres o tutores que desempeñen una función parental positiva que asegure su buen trato.

El buen trato es la base del desarrollo evolutivo (físico, mental), de las relaciones interpersonales y de la resiliencia (desarrollo de recursos que permiten hacer frente a los desafíos del crecimiento incluyendo las experiencias adversas). La experiencia de buen trato permitirá a los menores desarrollar competencias parentales que aplicaran en la época adulta cuando sean padres o madres. Los menores hacen lo que ven.

¿Qué es la Parentalidad Positiva?

Es una manera de entender la crianza y la educación.

Está basada en el respecto a las necesidades de los niños y niñas y en la puesta en marcha de acciones que favorezcan su desarrollo, como pueden ser el fortalecimiento del apego, la interacción a través del juego, la comunicación sin exposición al conflicto…, teniendo en cuenta el entorno de cada familia y las habilidades de los padres y/o madres.

Los buenos tratos a niñas y niños favorecen un desarrollo y un bienestar adecuados. Para ello, los y las profesionales deben transmitir a las familias las necesidades infantiles de atención, respeto, educación, normatividad y afecto. Esto permitirá que los niños y las niñas puedan desarrollarse como personas con una buena autoestima, lo que les hará crecer de forma sana y feliz en sociedad.

El proyecto ‘Apego’ engloba todas aquellas propuestas dirigidas a favorecer, en el marco de la asistencia sanitaria, que padres y madres adquieran competencias y habilidades que les ayuden en la crianza y el apoyo a sus hijos e hijas. Un ejemplo son las guías para padres y madres y otras orientadoras para los profesionales, fichas anticipatorias sobre el desarrollo infantil y el modo de estimularlo o guías específicas sobre aspectos relevantes de la tarea de criar y educar a distintas edades, que se incluyen en el Programa de Salud Infantil y Adolescente de Andalucía.

Los niños tienen derechos pero los adultos tenemos deberes!

Habría que Reflexionar sobre los derechos del niño. Tomado de F. Tonucci. Más detalle Aquí

Además ver los niños según FRATO en https://youtu.be/M8lJvHksemQ

  1. Todo adulto debe conocer estos derechos por respeto al niño.
  2. Todo niño debe conocer sus derechos por respeto a él mismo y a los otros.
  3. Los Estados firmantes se comprometieron y están obligados a respetar dichos derechos y difundirlos y hacer todo lo posible para que los niños y jóvenes los conozcan y los ejerzan.
  4. El niño es reconocido como ciudadano de la sociedad.. El niño tiene derecho a su presente!
  5. Quedan reconocidas dos necesidades: las elementales y la de participación que anteriormente no aparecían. Esto quiere decir que se debe garantizar tanto necesidades básicas detalladas en la convención como su derecho a opinar y a ser escuchado en temas que le afecten. ¿Lo estamos haciendo?
  6. Los intereses del Niño prevalecen al de otra persona. Si un menor necesita de sus padres, no hay negociación ni laboral, ni hospitalaria, ni educativa, ni legislativa que valga y los padres no deberíamos de estar justificando nuestra posición ante nadie. ¿No lo crees?foto2
  7. Los niños tienen derecho a reclamar el cumplimiento de los mismos.Pero si no conocen sus derechos, poco podrán reclamar. Es trabajo del Estado e instituciones su divulgación, pero también de otros actores como educadores, maestros y padres. Cambiar nuestra mirada hacia ellos y explicarles los derechos y deberes tanto nuestros como de ellos.
  8. Frente a cada derecho de un niño, debería de haber un deber para el adulto. Porque no son los niños quienes puedan hacer cumplir sus deberes sino el propio adulto que favorezca y haga todo lo posible para su cumplimiento. Si un niño tiene derecho al juego, es el adulto quien le ha de facilitar el tiempo necesario para que aplique su derecho, y no llenarlo de deberes y obligaciones en deterioro de este tiempo, no?
  9. Los niños tienen derecho a expresarse y elegir la manera de hacerlo. Pero a veces las actitudes, acciones y palabras de los adultos cohíben su libertad de expresión simplemente por nuestra imposición, o por su necesidad de agrado; adquiriendo la actitud de expresar lo que el adulto quiere escuchar. ¿A esto se llama expresarse en libertad? ¿Qué es lo que deberíamos cambiar?
  10. Los niños tienen derecho a dar su opinión y el adulto tiene el deber de escucharlo. Pero lo que prevalece es que los adultos son incapaces de entenderles.
  11. Un niño no siempre podrá decidir pero siempre podrá ser escuchado y tenida en cuenta su decisión en la resolución final del tema a tratar. Es respetarle y mostrarle nuestro respeto, explicándole el por qué de nuestra decisión.
  12. Determinar acciones, adaptar contenidos, etc. teniendo en cuenta al niño y no tanto las necesidades de los adultos.
  13. El niño tiene derecho a la educación y recibir una educación que desarrolle sus capacidades y habilidades. 
  14. El juego libre es un derecho fundamental del niño. foto3
  15. Los niños tienen derecho a estar y relacionarse con otros niños.
  16. Los estados han de proporcionar espacios de ocio a los niños para ejercer su derecho al juego en la ciudad, y para ello deberían de cambiar sus prioridades (tráfico, medios de transporte públicos, bicicletas y peatones) y adaptarlas a las necesidades de los niños. Si una ciudad es segura para un niño significa que será segura para el resto de ciudadanos.
  17. Generar un pacto social para que niño-padres disfruten de sus derechos.

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